En relación con el controvertido tema de justificación de los permisos retribuidos de familiares o convivientes. Informamos que recientemente el TSJPV se ha pronunciado al respecto.
TSJ P VASCO 29.04.2025.
PERMISOS. DIAS HOSPITALIZACIÓN FAMILIAR. NO NECESIDAD DE JUSTIFICAR LA HOSPITALIZACIÓN O REPOSO DOMICILIARIO DURANTE LOS CINCO DIAS. BASTA CON EL DIA DEL HECHO CAUSANTE.
Si bien debe justificarse el hecho motivador del permiso, que es la situación de hospitalización por salud; una vez que el mismo se justifica, el desarrollo ya es ajeno tanto a la empresa como al control que ésta pueda efectuar del mismo, El E.T. cuando regula el permiso que se cuestiona, no exige ningún requisito específico sino es el de la justificación de la contingencia protegida, así como el aviso previo. La exigencia empresarial de un justificante que aclare que el hecho causante ha subsistido durante todos los días de ausencia puede cercenar la previsión y el derecho de los trabajadores. Estimar el recurso: declara no ajustada a derecho la decisión o práctica empresarial operada. No es firme
Siempre palman los mismos.
ResponderEliminarhakuna matata
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